Los decretos de Nueva Planta y el fin del foralismo
Se conoce como Decretos de Nueva Planta a las disposiciones realizadas por Felipe V entre 1707 y 1715 que eliminaron los fueros e instituciones de los distintos reinos de la Corona de Aragón y que reformaron la administración del Estado.
En 1700 murió el último de los Austrias españoles, Carlos II, sin descendencia. El testamento del difunto monarca dejaba la Corona a Felipe de Anjou (nieto de Luis XIV de Francia), con el requisito de que todos los reinos de la monarquía se mantuvieran íntegramente en una misma persona. Luis XIV (quien realmente manejará todo el asunto de la sucesión) sabía que aceptar este testamento supondría un nuevo conflicto europeo, puesto que desequilibraría la balanza de poder establecida en Westfalia. Por otro lado, dejar que los Habsburgo añadieran a las posesiones austriacas nuevamente los reinos hispánicos provocaría que Francia quedaría acorralada entre los territorios de una misma casa dinástica. Finalmente se decantó por dejar que su nieto se convirtiera en rey de la corona española.
Así pues, Felipe V llegó a Castilla donde fue aclamado rey, incluso en Cataluña juró los fueros. Pero que Luis XIV poco después decidiera que Felipe V también sería rey de Francia puso en alerta a las monarquías europeas. No era para menos, la unión de tan extensos territorios daría a este monarca un amplio poder sobre Europa. Esto llevó al emperador del Sacro Imperio, Leopoldo I, a reclamar sus derechos dinásticos sobre la corona española, los cuales cede a su hijo, el archiduque Carlos. Además, forma una alianza con Inglaterra y los Países Bajos, a lo que se suma Saboya, Prusia, la mayoría de principales alemanes y Portugal. Comienza así la Guerra de Sucesión, que además fue también una guerra civil dentro de los reinos de la monarquía hispánica. En efecto, cuando el archiduque Carlos llegó a Denia, la nobleza valenciana le reconoce como rey. Lo mismo hizo Cataluña y Aragón.
La guerra llegó a su fin con la Paz de Utrecht (en realidad un total de 11 pactos), la cual se lleva a cabo entre 1713 y 1714. La batuta de la negociación básicamente la llevó Inglaterra, que consiguió una balanza de poderes en el continente a su favor. Prescindiendo de las decisiones que afectaron a las distintas monarquías, en lo que respecta a la corona española, esta quedaba reducida a las posesiones peninsulares (incluida las Baleares, sin Menorca en un primer momento, aunque luego recuperada por la monarquía española) y los virreinatos americanos. El resto de posesiones Europeas de la monarquía hispánica fueron repartidas o se establecieron en ellas nuevos monarcas, incluidos los antiguos reinos de la Corona de Aragón en el Mediterráneo, como Sicilia y Nápoles. Ante todo, se prohibía que Felipe V pudiera heredar el reino de Francia.
Con el final de la guerra, Felipe V inició un profundo cambio en el sistema de gobierno de los reinos peninsulares. En primer lugar, dando uniformidad territorial al conjunto de reinos. Debemos recordar que la corona española estaba formada por una multitud de reinos, de los que ahora ya solo quedaban, además de Castilla, el de Navarra y los de la Corona de Aragón (Cataluña, Aragón, Valencia y Mallorca). En estos últimos seguía funcionando el denominado pactismo, es decir, que el rey debía gobernar con las Cortes (compuestas por los tres estamentos). En cada uno de estos existían, además, sus propias leyes o fueros e instituciones.
En un intento de establecer el centralismo político, y aprovechando que los territorios de la Corona de Aragón le habían rechazado como monarca y habían reconocido como soberano al archiduque Carlos, se crearon los Decretos de Nueva Planta por los cuales se eliminaban todos los fueros de estos reinos, siendo sustituidos por las leyes castellanas, así como todas las instituciones propias, incluidas las Cortes y Diputaciones Generales. Los primeros decretos se dieron en 1707 tras la victoria de Almansa en los reinos de Valencia y Aragón. Se consideraba que se perdían por haber incurrido en rebelión y, por tanto, como ganador, Felipe V se consideraba legitimado para aplicar el castigo. Por su parte, entre 1714 y 1715 se dictaron para Cataluña y Mallorca cuando estos territorios cayeron definitivamente.
La unificación de los reinos y creación de un Estado único, España, implicaba también tener que reordenar el aparato administrativo heredado de los Austrias para consumar la centralización del poder, así como otorgar más eficacia a la administración.
Los Austrias (tal y como los Reyes Católicos ya habían esbozado) tenían un aparato de Gobierno polisinodial basado en un amplio número de consejos temáticos (Estado, Guerra, Inquisición, Ordenes Militares, Hacienda, etc.), así como territoriales (Indias, Aragón, Castilla, etc.). Pero se trataba de una administración lenta, pues cada consejo estaba formado por una amplia cantidad de personas y las deliberaciones se solían eternizar por los rígidos protocolos. Felipe V creó entonces las Secretarias de Despacho (desdoblamiento de la Secretaria de Despacho Universal ya existente) a modo de ministerios: Estado, Justicia, Hacienda, Indias, Gracia, Guerra y Marina. Esto no implicaba que desaparecieran los consejos, sino que simplemente perdieron poder. Tan solo se disolvieron algunos de los territoriales (en concreto el de Aragón), pero el de Castilla se mantuvo con poderes añadidos, pues básicamente se convirtió en un ministerio del interior. Siguió sobreviviendo esta doble administración: consejos y secretarias, que además estuvieron enfrentados. A lo largo del siglo XVIII hubo partidarios de volver a los protocolos para la toma de decisiones de forma colegiada en los consejos, y aquellos que pretendían dar más poder a los secretarios.
En cuanto a la administración territorial, fue la que más cambios experimento. Los reinos de la Corona de Aragón mantuvieron sus fronteras, creándose en estas Audiencias que, además de la capacidad de administrar justicia, también tenían funciones administrativas. No obstante, en estas regiones se establecieron capitanías generales con un amplio poder en la gestión de los antiguos reinos, sustituyendo a la antigua figura del virrey. Se crearon también intendencias (introducidas también en Castilla) con el fin de recaudar impuestos, especialmente en tales reinos, pues anteriormente eran recaudados por las diputaciones. No se trataba de una administración totalmente homogénea, ya que en Castilla existía un aparato de gobierno territorial distinto (por ejemplo, allí los capitanes generales no tenían el mismo poder).
En cualquier caso, no se trataba de una unidad territorial completa. Parece que se suele olvidar que no fueron abolidos los fueros de todos los territorios. Las provincias vascas y el reino de Navarra mantuvieron los suyos propios, así como sus instituciones.
En conclusión, los decretos de Nueva Planta daban lugar a un único Estado, España, con unas únicas leyes y administración en lo fundamental que aceleraron la centralización del poder, y otorgaron un mayor poder para la monarquía absoluta, representada ahora por los Borbones.
BIBLIOGRAFÍA
MARTÍNEZ RUIZ, E.; GIMENEZ, E.; ARMILLAS, J.A. y MAQUEDA, C. (1992): La España moderna, Istmo, Madrid.