Onomástica romana: mujeres, esclavos, libertos, extranjeros y otros

Las inscripciones romanas no son patrimonio exclusivo del ciudadano; un alto porcentaje de las personas que aparecen mencionadas en estas son mujeres, esclavos, libertos o extranjeros; un fiel reflejo de la compleja sociedad romana. Gracias a la onomástica podemos conocer, en muchos casos, el estatus que estos poseían.

 

La mujer romana

Nos ocuparemos, primeramente, no del conjunto femenino de la sociedad, sino tan solo de la mujer romana nacida libre, es decir, la ingenua. A diferencia del ciudadano romano, la ciudadana carece de tria nomina, así como de tribu, pues no tiene derecho al voto y, por tanto, era innecesario que estuviera inscrita en alguna de estas. Tampoco parece que la nomenclatura del nombre femenino esté tan regulado como el masculino.

El elemento principal del antropónimo de la mujer romana es el nomen familiar en femenino. De esta forma, la hija de Julio Cesar se llamaba Julia, al igual que la madre de los Gracos, hija de Cornelio Escipión el Africano, era Cornelia. En la familia de los Metelos, sus mujeres eran conocidas como Metelas; mientras que en la de los Valerios, Valerias. Atendiendo a algunos casos, parece que era indistinto poner a la mujer el nomen del padre o de la madre; una de las hijas de Tiberius Claudius Professus Niger y de Iulia Virgulina se llama Virgula, mientras que la otra era Claudia Professa. Tampoco sorprende, pues incluso en el caso de los hombres, como ya vimos, cabía esa posibilidad. Sea como fuere, el uso del gentilicio en las mujeres, sobre todo en la aristocracia, es claro: maridos e hijos podían vincularse con las grandes casas por medio de sus esposas y madres. 

La mujer también podía portar cognomen. Era evidente que con tan solo el nomen no se podría diferenciar a las hermanas, así los sobrenombres más simples consistían en establecer de alguna forma el orden de nacimiento, ya fuera mediante los adjetivos Maior o Minor, o el socorrido ordinal: Prima, Secunda, Tertia, etc. También cualquier tipo de apodo podía ser utilizado. Y como hemos visto en el caso de Claudia Professa, podían heredar el cognomen paterno feminizándolo. De hecho, entre la aristocracia, sobre todo en época imperial, las mujeres empezaron a tener varios cognomina heredados de los nombres tanto paternos como maternos, al igual que sucedía entre los varones. 

Así pues, el único elemento que falta en el nombre femenino es el praenomen. En origen parece que las mujeres lo tendrían. Quedan en las fuentes algunos de esos antropónimos: Gaia, Lucia, Quinta, Numeria, entre otros, que son en realidad nombres masculinos feminizados. En concreto, el praenomen Gaia se convirtió en una palabra para designar a cualquier mujer, tal y como se utiliza en algunas fórmulas que veremos más adelante. En cualquier caso, con el tiempo se perdió y se generalizó el uso de la gens. No obstante, algunos investigadores piensan que seguramente en la intimidad las mujeres tendrían algún praenomen, aunque si es así rara vez aparece en las inscripciones; de las 200.000 inscripciones, no en más de 80 aparece una mujer con praenomen, la mayoría en Etruria y Umbría. 

Al igual que el ciudadano, la mujer también aparece en las inscripciones con la filiación paterna, en este caso con la palabra filia (hija), que igualmente suele estar abreviada con la letra F. Por ejemplo, Tiberii Filia, es decir, hija de Tiberio.

A veces la esposa acopla al suyo el nombre del marido. En algunas inscripciones aparece este en genitivo, que en tal caso debemos añadir la palabra uxor (esposa) y traducir como “esposa de”. Otras veces aparece el nombre de su marido con la fórmula del agnomen, como es el caso de la mujer de C. Albucius Menippus: Liguria Procilla quae et Albucia (CIL III, 2074).

 

Ejemplos

Observemos algunos ejemplos. En esta inscripción (CIL VI 1274), que se encuentra en un mausoleo a las afueras de Roma, podemos leer:

 

Caeciliae / Q. Cretici F(ilia) / Metellae Crassi (uxori)

La traducción sería “a Cecilia Metela, hija de Quinto Crético, esposa de Craso”. Aquí se observa que esta noble mujer lleva el nomen y el cognomen del padre, mientras que en la filiación este es mencionado con su praenomen y su segundo cognomen, de los llamados ex virtute, en tanto que se le concedió por su campaña en Creta. Acaba con la mención al marido, Craso, hijo del famoso triunviro Marco Licinio Craso.

En esta otra inscripción (CIL XIV 3237), más canónica, leemos:

Samaria M(arci) F(ilia) Minor Q(uinti) (uxor)

La traducción es sencilla: Samaria Minor, hija de Marco, esposa de Quinto. En este caso, el cognomen es Minor, la menor, por lo que era la hija pequeña de la familia. En el caso de padre y marido, tan solo se menciona el praenomen.



Esclavos

El nombre de los esclavos (servus, pl. servii) y de las esclavas (ancilla, pl. ancillae) era sencillo: poseían un único nombre. ¿Acaso se da más nombre a cualquier objeto cotidiano? Este podía ser el que tuviera la persona en origen y, por tanto, era nombres en lenguas diferentes al latín: Banobal, Tiridas, Bithus, etc. No obstante, por lo general los nombres “barbaros” o extranjeros no abundan, más allá de los griegos, que era la otra lengua que se hablaba en el Imperio.

Por lo general, al esclavo se le asignaba un nuevo nombre, pudiendo ir cambiando conforme eran vendidos y comprados. Fue común en la Roma arcaica que el nombre derivara del praenomen del amo en genitivo y la desinencia -por. Esta última proviene de puer, niño, pero que aquí debemos traducir como “esclavo de”. Así Marcipor, Gaipor, Quintipor significa esclavo de Marco, Gayo o Quinto. En cualquier caso, muchos de estos nombres pasaron a ser antropónimos típicos de esclavos independientemente de quién fuera el propietario. Es lógico que esta nomenclatura cayera en desuso, pues, conforme algunas familias fueron acrecentando el número de esclavos, había que individualizarlos con diversos nombres.

La imaginación para bautizar a los esclavos no deslumbraba muchas veces; en ocasiones se les daba nombres étnicos: Gallus, Germanus, Baeticus, Maurus, Cilix, Persicus. Evidentemente, los antropónimos de regiones, como Egipto, en donde se consideraba a los esclavos perezosos, se omitían. Otras veces, al modo de los cognomina romanos, se les nombraba en función de sus características, sobre todo las que el tratante quería destacar para dar salía al esclavo: Hilarus, Modestus, Laetus, Pudens, Celer, Vitalis. A veces, estos nombres se formaban añadiendo el final -atus: Mandatus, Acutus, Donatus, etc. Si se quería destacar lo exótico de la mercancía se latinizaban nombres indígenas como Acme (Hacma en Siria) o Dorimachus (Drimachus en la Tracia). Otros hacían referencia a divinidades o rituales religiosos: Dionysius, Apollonius, Parthenius, Eleutherius, Nichephor. En función de las profesiones, había ciertos nombres apropiados: Spiculus o Celadux para gladiadores, Asclepio para los médicos. Entre los esclavos de la casa imperial se popularizó el nombre de Imperatoris.

Junto al nombre del esclavo, se generalizó en época clásica establecer el praenomen, cognomen o el nombre completo en genitivo de su amo y la palabra servus o su ableviatura: “SER” o “S”. Por ejemplo: Nicias C(aii) Memmi Galli servus (CIL II, 5085), que significa Nicias, esclavo de Cayo Memio Galo.

Esto ocurría con los esclavos privados,  pero no debemos olvidar que existían también esclavos públicos que pertenecían a los municipios, provincias, casa imperial o diferentes asociaciones (collegium, pl. collegia). En tales casos, se solía indicar la institución a la que servían, así por ejemplo en el caso de los esclavos imperiales se mencionan como Caesaris servus (Caes. Ser.), Caesaris nostri servus (Caes. n. ser.) y, con menor frecuencia, Augusti servus.  En el caso de los esclavos propiedad de ciudades son mencionados como colonorum, coloniae, municipium, etc, seguido del nombre de la ciudad. En estas, el término servus tiende  a sustituirse por vilicus. También cabía la posibilidad de que tan solo se les mencione como publicus servus, omitiendo muchas veces esta última palabra, de tal modo que Herodes publicus o Laetus publicus populi romani deben interpretarse como esclavos propiedad de algún ente público. A veces estos esclavos portaban dos nombres, en concreto cuando habían sido comprados a un particular, pues se le daba un nombre derivado del del anterior propietario, como es el caso de Fortunatus publicus Sulpicianus, en donde Fortunato es el nombre original del esclavo y Sulpicianus es una derivación del anterior propietario: Sulpicio. 

La esclavitud en Roma era una institución compleja, pues el esclavo tenía ciertos derechos, como tener propiedades, y entre estas podía poseer esclavos propios. Estos son mencionados como servus vicarius. En el caso de que el esclavo fuera propiedad de un liberto, se indica con la fórmula liberti servus.

 

Ejemplos:

D(is) M(anibus) / Maxim(us) / publicus / vil(icus) Br(undisinorum) v(ixit) a(nnos) L / Nemestronia / Philaenis / co(n)iugi b(ene) m(erenti)

En esta inscripción funeraria (CIL, IX, 59), que comienza con la fórmula Dis Manibus (a los dioses Manes), una mujer llamada Nemestronia Philaenis, que por este nombre parece ser libre (ver el siguiente punto), dedica esta inscripción funeraria «a su bien merecido esposo» que tiene por nombre Máximo, su único nombre, y el cual era esclavo público (publicus vilicus) en la ciudad de Brundisium (la actual Bríndisi, en Italia). Murió a la edad de cincuenta años.

En esta otra inscripción (IEAquil 00265 ) sobre una estela podemos desarrollar: 

Priscus / colono[r(um)] / Aquil(eiensium) s[er(vus)]

Se trata de un esclavo llamado Prisco que servía en la ciudad o colonia de Aquileia.

 

 

Libertos y naturalizados

En Roma, una gran cantidad de esclavos alcanzaban la libertad, pasando entonces a ser libertos que heredaban el estatus de sus amos; en otras palabras, los libertos de las familias romanas pasaban a ser ciudadanos romanos.

En estos casos, los libertos tomaban el praenomen y nomen de su antiguo amo, mientras que conservaban su antropónimo original como cognomen, algo que sucedió desde el siglo II a.C. cuando este tercer elemento de la onomástica se generalizó. Lo mismo sucedía en el caso de las libertas, en este caso feminizando el nomen del amo y omitiendo el praenomen. Así, destaca que los libertos tenían praenomen y nomen latinos y el cognomina, por lo general, era alguno de esos nombres que hemos visto para los esclavos. Los más usuales eran Hermes, Eros, Alexander, Onesimus, Helpis, Nice, Tyche, Eutyches, Eutichus, Irene, Aniochus, Trophimus, Epaphroditus, Apollonius, Dionysius, Eutychia, Zosimus, Stephanus, Abascantus, Nicephor.

¿Por qué las grandes casas nobiliarias estaban dispuestos a entregar a sus libertos sus propios nombres? La respuesta no es compleja: el liberto no solía desvincularse de su antiguo amo, que ahora era su patrono, de tal forma que toda esa clientela se evidenciaba con personas que portaban el nombre de este. Evidentemente, había que reflejar que ese liberto era tal, así que la filiación se sustituía por el praenomen de su antiguo amo seguido de la condición que tenían: libertus o liberta. Por ejemplo, Marci libertus se traduce como liberto de Marco, que por lo general se abreviaba: M.F. o M. LIB. 

Uno de los esclavos más conocidos de la Antigüedad es probablemente Tiro, propiedad del famoso Marco Tulio Cicerón. Cuando alcanzó la libertad, el nombre de Tiro paso a ser: Marco Tulio Tiro, liberto de Marco o, en su forma latina, Marcus Tullius Marci libertus Tiro.

¿Qué pasaba cuando el liberto había sido posesión de una mujer? Al no tener las mujeres praenomen, los libertos de estas solían tomar el del padre de la ama. Igualmente, en el caso de la filiación, se usaba la fórmula Gaiae libertus, que en las inscripciones se abrevia con una C vuelta (Ↄ) seguida de la palabra libertus, pero que debemos interpretar como mulieris libertus (liberto de mujer). También pueden aparecer  las siglas MOL., MVL., M. como abreviatura de mujer. 

¿Qué nombre tomaban cuando los libertos habían sido esclavos públicos? Estos adquirían el nombre de la ciudad de la que habían sido propiedad o del magistrado que los había manumitido. A otros se les daba el nomen de Publicius. Este último no indica automáticamente que estemos ante un liberto, pues los hijos de estos seguían portando el nomen del padre. De igual forma, la filiación se sustituía por la designación libertus y  la ciudad en genitivo. En el caso de los libertos imperiales, la fórmula era Augusti libertus (Aug. Lib. o Aug. l.).

Los libertos de ciudadanos romanos, como ya hemos indicado, obtenían la ciudadanía romana. Esto implicaba que debían ser inscritos en una de las tribus. Para no alterar el cuerpo electoral, desde muy temprano se estableció que los libertos solo podían ser censados en las cuatro tribus urbanas: Suburana, Esquilina, Collina y Palatina. 

Otras personas que eran libres recibían de un modo u otro la ciudadanía en algún momento de su vida. Al igual que los libertos, recibían el praenomen y nomen del magistrado que había intervenido en tal concesión, aunque en época imperial lo habitual fue tomar el nombre del emperador de turno. En Hispania hay gran cantidad de inscripciones de personas con el nombre Flavio, pues precisamente fue Flavio Vespasiano quien concedió la latinidad a Hispana y la posibilidad de que las principales familias consiguieran la ciudadanía romana por medio del desempeño de magistraturas en los municipios.

 

Ejemplos:

En este primer ejemplo, la inscripción se desarrolla como sigue:

Pomponia Q(uinti) et |(mulieris) l(iberta) Cale / vixit annis XVII

Nos encontramos a una mujer, llamada Pomponia Cale. Este último era su nombre de esclava y Pomponia es el de su amo, Pomponio. Lo curioso es que aquí se nos indica que era liberta tanto de Quinto Pomponio como de una mujer (que es lo que indica la C vuelta), que debemos suponer será su esposa. No sabemos cuando sería liberada, pero desde luego poco pudo disfrutar de su libertad, pues murió a los 17 años. 

Esta otra inscripción funeraria pertenece a un hombre y podemos leer:

Dis Manibus / M(arcus) Latinius M(arci) l(ibertus) / medicus / ocularius / Hermes vixit annos / XXXX

El nombre del difunto de cuarenta años es Marco Latinio Hermes, siendo este último su nombre de esclavo y ahora convertido en cognomen. Praenomen y nomen los tomó de su antiguo amo; en efecto, se nos dice que era liberto de Marco. La inscripción también nos indica entre la filiación y el cognomen que era oftalmólogo (medicus ocularius).

 

Extranjeros

Los extranjeros, y nos referimos a aquellos que eran libres de nacimiento, pero carecían de la ciudadanía romana, son conocidos como peregrini (en singular, peregrinus). Estos llevaban los nombres propios de su origen, que en la mayoría de los casos seguían la nomenclatura que se suele repetir en multitud de culturas: nombre y filiación paterna. Como en la mayoría de los casos  estos extranjeros habían nacido en la propia Roma o bajo el dominio del Imperio romano, pero heredaban el estatus de sus padres, los nombres solían ser latinos. 

Los indicios apuntan a que pudo haber una tendencia por parte de los extranjeros a imitar los tria nomina, pues el emperador Claudio prohibió que se copiaran los nomina romanos, en concreto los gentilicia. En el caso de la Galia se popularizó el uso de un nomen de origen céltico y un cognomen latino, pero no se transmitían de padres a hijos.

 

Los ciudadanos latinos y los incerti

Un conjunto especial de extranjeros son aquellos que eran ciudadanos latinos. Roma entregó a ciudades y territorios, como es el caso de Hispania, el ius latii, un estatus que se encontraba entre el de extranjero y ciudadano romano y que daba ciertos derechos próximos a este último. Una de los privilegios era que magistrados o incluso decuriones podían convertirse en ciudadanos romanos por ostentar tales cargos. En cualquier caso, ¿portaban los ciudadanos latinos algún tipo de nombre especial? En principio eran extranjeros, pero por ejemplo los marineros de la flota de Miseno, que tenían este estatus latino, ostentaban tria nomina desde finales del siglo I d.C. La ley Irnitana, de la ciudad latina de Irni en la Bética, otorgaba a sus habitantes tria nomina y tribu, pero posiblemente sea una copia de una ley de un municipio romano, pues los ciudadanos latinos no podían estar inscritos en ninguna tribu, por lo que posiblemente la mención del tria nomina sea también un error. Sin embargo,  algunos investigadores defienden que los ciudadanos con estatus latino tenían tria nomina. Al fin y al cabo, como hemos mencionado antes, estos podían convertirse en ciudadanos romanos. 

Si aceptamos esto último, las inscripciones donde se mencionan personajes con tria nomina, pero sin que aparezca la tribu, sería indicio de que estamos ante un ciudadano latino. Pero esto no lo podemos tomar como una regla universal, pues, como ya hemos dicho, desde finales del siglo I d.C. se omite la tribu entre los romanos. Del mismo modo, muchos libertos tendían a esconder esta condición, por lo que la nomenclatura sería igual a la de estos ciudadanos latinos. De igual forma, en zonas del norte de la península ibérica, la onomástica indígena perdura en el tiempo, pese a que muchos tenían el estatus latino.  Así pues, la realidad es que muchos individuos que aparecen en las inscripciones son para nosotros incerti: es imposible determinar si tenía estatus romano o latino, si eran libertos o ingenuos.

En la siguiente inscripción (CIL 02 01329) observamos el problema. Leemos en ella: 

C(aio) Clodio / Charitoni / L(ucius) Gavius / Servatus / amic(o) opt(imo) 

Aparecen dos personas. Por un lado, Cayo Clodio Charitoni, quien es «el mejor amigo» del dedicante, Lucio Gavio Servato. Ahora bien, tan solo con los tria nomina en ambos ¿qué condición tenían? Desde luego eran libres, pero desconocemos si eran libertos. De igual modo, podían ser ciudadanos romanos, pero también latinos. 

 

 

 

BIBLIOGRAFÍA

ANDREU PINTADO, J. (Coord.) (2009): Fundamentos de epigrafía latina, Liceus, Madrid

BATLEE, P. (1946): Epigrafía latina, Instituto Antonio de Nebrija, Barcelona

LÓPEZ BARJA, P. (1993): Epigrafía latina: las inscripciones romanas desde los orígenes al siglo III d.C., Tóculo, Santiago de Compostela

WILSON, S. (2004): The Means of Naming, Taylor & Francis Bristol 

Autor: D. Gilmart, publicado el 30 de julio de 2021

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